Sí a la familia!

¡NO al proyecto de ley de Salud Sexual y Reproductiva en República Dominicana! Este proyecto de ley, de ser aprobado, valida lo siguiente:

1. Introduce al país los componentes de la ideología de género promovida por la ONU.

2. Introduce en las leyes dominicanas por primera vez los derechos sexuales y reproductivos y la diversidad sexual.

3. Sienta las bases de una futura aprobación del matrimonio LGBT.

4. Impone prohibiciones a las iglesias de disciplinar miembros que incurran en inmoralidad sexual. Por ejemplo, en su Artículo 5 (8), la ley crea el derecho a estar libre de la interpretación restrictiva de textos religiosos, creencias, filosofías y costumbres, como instrumentos para limitar la libertad de pensamiento en materia de salud sexual y salud reproductiva. Es decir, que la ley libera a los miembros de las iglesias de la disciplina bíblica y les dice que pueden dar rienda suelta a cualquier comportamiento sexual y que, en caso de que puedan ser disciplinados, la ley los va a proteger.

5. Le impone a todos los centros educativos, públicos y privados, la enseñanza de una educación sexual liberal (Arts. 10 y 11). O sea, esto incluye a los colegios cristianos que tendrán que pelear en los tribunales su derecho a enseñar una educación sexual basada en la Biblia. Los padres cristianos tendrán que pelear en los tribunales su derecho fundamental a no exponer a sus hijos a clases de educación sexual contrarias a las Escrituras.

6. El Estado se convierte en proveedor de preservativos y anti-conceptivos para adolescentes.

7. El Estado pasa a financiar servicios de cirugía a jóvenes adolescentes que no quieran salir embarazadas.

8. Crea la figura de la violencia gineco-obstétrica, que podría llevar a juicio penal o civil a profesionales de la ginecología y de la obstetricia que, por ejemplo, se nieguen a practicar abortos.

9. Crea el delito de discriminación por razón de la sexualidad de las personas, es decir, que se crea un texto legal exclusivamente para personas LGBT.

10. Introduce el aborto por las causales conocidas.

11. Introduce el aborto de niñas y adolescentes, Elimina el deber de información a los padres prácticamente a petición de la niña o adolescente.


12. Elimina la objeción de conciencia de los médicos y enfermeras. Sólo les da un plazo de treinta días para manifestar por escrito que no participarán en abortos, pero esto no tiene validez si el caso presenta urgencia. No define la urgencia, por lo que en la práctica ningún médico ni ninguna enfermera podrá negarse a hacer abortos.